Publica un video con su moto a más de 200 kilometros por hora en redes sociales y termina detenido

Conductor de motocicleta a más de 250 km/h en vía interurbana

Conductor de motocicleta a más de 250 km/h en vía interurbana podría enfrentar pena de prisión, multa y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores

Madrid , Domingo 26 de febrero de 2023
La Guardia Civil ha investigado a una persona por circular a velocidad excesiva por encima de los 200 kilómetros por hora, grabarse mientras conducía y publicarlo en redes sociales.

El investigado supero en más de 80 km/h la velocidad establecida en vías interurbanas, cometiendo un delito contra la seguridad vial.

Video viral de motorista

Un conductor ha sido investigado por la Guardia Civil por circular a más de 200 km/h en una vía interurbana, grabarse mientras conducía y publicarlo en redes sociales. La conducta del infractor constituye un delito contra la seguridad vial, y podría ser castigada con prisión, multa, trabajos en beneficio de la comunidad y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.


En este caso, el conductor colgó un vídeo en redes sociales donde se observaba una motocicleta de gran cilindrada con la leyenda “la vida es corta”. Posteriormente en otra toma grabada en primera persona se ve cómo acelera desde los 251 hasta los 257 kilómetros por hora, con la frase “cómprate una moto y hazla aún más corta”.

El infractor circulaba por la carretera M-45 a la altura del término municipal de San Fernando en una zona donde la velocidad máxima está limitada a 120 kilómetros por hora.

Tras analizar el vídeo, los agentes de la Guardia Civil del Sector de Tráfico de Madrid lograron identificar al conductor del vehículo, un hombre de 23 años vecino de Torrejón de Ardoz.

esta conducta es constitutiva de un delito contra la seguridad vial, tipificadas en el artículo 379 del Código Penal que estipula que “(…) el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente (…), puede ser castigada con la pena de prisión de 3 a 6 meses, o con la de multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta 4 años”.

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