Condenado un hombre a un año de carcel por darle una palmada en los gluteos a una menor en Vélez-Málaga mientras esta cogia su mochila.
Vélez-Málaga , jueves 16 de marzo de 2023
La sociedad veleña se ha visto consternada por un suceso ocurrido en 2019, en el que
un individuo le dio una palmada en los glúteos a una menor en municipio de Vélez-Málaga mientras la joven cogía la mochila del coche de su madre desde la ventanilla del vehículo con medio cuerpo fuera del vehículo.
El hombre condenado
efectuo una palmada en los glúteos de la menor para satisfacer sus sádicos deseos sexuales. La comunidad ha expresado su indignación y ha pedido condenas más altas para este tipo de delincuentes que no tienen cabida en nuestra sociedad.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga, condenando al hombre a un año de cárcel por pegarle una palmada en los glúteos a la menor. El recurso presentado por la defensa del acusado ha sido desestimado.
La sentencia dictada por la Audiencia de Málaga, que ha sido confirmada por el alto Tribunal andaluz, establece que los hechos ocurrieron en julio de 2019 en la localidad de Vélez-Málaga. En ese momento,
la menor estaba con el tronco superior dentro del coche de su madre mientras este estaba aparcado junto a la acera para coger su mochila. El acusado pasaba por el lugar,
se acercó a ella y, "con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales", le "propinó una palmada en los glúteos, alejándose rápidamente del lugar", según consideró la Sala de Málaga.
El acusado
fue condenado por un delito de abuso sexual a la pena de un año de prisión, además de la prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio y acercarse a ella en cualquier lugar a una distancia de 500 metros durante dos años. También tendrá que indemnizar a la menor por los daños y perjuicios causados.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rechazado los argumentos de la defensa y ha señalado que la Audiencia partió
"de la credibilidad que le merecieron las testigos", la madre y la víctima;
"la persistencia de sus relatos y la inexistencia de motivaciones espurias", por lo que llegó a la conclusión de que el acusado fue el autor de los hechos.
El alto Tribunal andaluz ha considerado que
"desde el punto de objetivo, tocar los glúteos de una mujer, aún de forma leve y fugaz, y por encima de la ropa, es acto con significación sexual al realizarse en una zona erógena del cuerpo humano". Además, el hecho de que el acusado huyera del lugar y no diera explicación sobre las razones aumentó la gravedad de la situación.
En cuanto a la
Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, el alto Tribunal andaluz indica que la conducta del acusado sería subsumible en otro artículo
"al tratarse de una agresión sexual en la nueva terminología de menor entidad, pero sin duda reprobable y carente de cualquier justificación".
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual
En conclusión, la comunidad de Vélez-Málaga se ha visto conmocionada por el caso de abuso
Detenido en Málaga por distribución de pornografia infantil